El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que "prohíbe expresamente" la experimentación con los grandes simios (gorilas, chimpancés, orangutanes y bonobos)
y que establece las normas básicas aplicables para la protección de los
animales utilizados para la experimentación y otros fines científicos
incluida la docencia.
Así, el Real Decreto fija normas "especialmente estrictas" para la utilización de determinados tipos de animales, como perros, gatos y ciertos primates y fija las condiciones que deben cumplir los proyectos y procedimientos en que intervengan animales.
El texto complementa al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 32/2007 para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, aprobado por el Gobierno en el Consejo de Ministros del 18 de enero. Para el Gobierno, estas nuevas normas suponen un "importante avance para asegurar la máxima protección de los animales".
En este sentido, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron en 2010 una directiva relativa a la protección de los animales utilizados para fines científicos, que debía ser incorporada al ordenamiento jurídico español. De esta forma, el Proyecto de ley y el nuevo Real Decreto aprobado este viernes transponen dicha Directiva relativa a la protección de los animales para fines científicos.
Concretamente, el proyecto de Ley amplía el ámbito de aplicación de las actuales normas de protección que hasta ahora sólo se aplicaban a animales vertebrados, a determinados invertebrados como los cefalópodos, a determinadas formas fetales de los mamíferos y a los animales criados específicamente para que sus órganos o tejidos puedan utilizarse con fines científicos.
En cuanto al Real Decreto, la nueva normativa se basa en el fomento de los métodos alternativos a la experimentación con animales mediante la promoción e implementación del denominado "principio de las tres erres".
Asimismo, la normativa aprobada regula de forma detallada las condiciones de alojamiento de los animales y los cuidados que deben recibir, así como los requisitos mínimos que deben cumplir criadores, suministradores y usuarios.
Así, el Real Decreto fija normas "especialmente estrictas" para la utilización de determinados tipos de animales, como perros, gatos y ciertos primates y fija las condiciones que deben cumplir los proyectos y procedimientos en que intervengan animales.
El texto complementa al Proyecto de Ley de modificación de la Ley 32/2007 para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, aprobado por el Gobierno en el Consejo de Ministros del 18 de enero. Para el Gobierno, estas nuevas normas suponen un "importante avance para asegurar la máxima protección de los animales".
Prohibido experimentar con grandes simios
El Real Decreto aprobado este viernes se ha redactado en función del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que establece la obligación de que la Unión y sus Estados Miembros tengan plenamente en cuenta el bienestar de los animales como seres sensibles.En este sentido, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron en 2010 una directiva relativa a la protección de los animales utilizados para fines científicos, que debía ser incorporada al ordenamiento jurídico español. De esta forma, el Proyecto de ley y el nuevo Real Decreto aprobado este viernes transponen dicha Directiva relativa a la protección de los animales para fines científicos.
Concretamente, el proyecto de Ley amplía el ámbito de aplicación de las actuales normas de protección que hasta ahora sólo se aplicaban a animales vertebrados, a determinados invertebrados como los cefalópodos, a determinadas formas fetales de los mamíferos y a los animales criados específicamente para que sus órganos o tejidos puedan utilizarse con fines científicos.
En cuanto al Real Decreto, la nueva normativa se basa en el fomento de los métodos alternativos a la experimentación con animales mediante la promoción e implementación del denominado "principio de las tres erres".
Asimismo, la normativa aprobada regula de forma detallada las condiciones de alojamiento de los animales y los cuidados que deben recibir, así como los requisitos mínimos que deben cumplir criadores, suministradores y usuarios.
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